INFORMACIÓN:
MORATORIAS:
Aún se encuentran vigentes dos moratorias previsionales, las que permiten completar años de aportes para obtener su jubilación y/o pensión, abonando únicamente la primera cuota. Las cuotas restantes, se descuentan del haber jubilatorio.
En ambas moratorias, se requiere además, superar el examen socio económico que ANSES realiza, cruzando información con la AFIP (valuaciones bienes muebles registrables, inmuebles, ingresos, consumos,etc.).
APORTES por TAREAS de CUIDADO:
Recientemente, se ha implementado un nuevo beneficio para las mujeres que tengan la edad requerida para jubilarse, pero no cuenten con los años de aportes necesarios y tengan hijos.
El Decreto 475/2021, establece el reconocimiento de aportes por tareas de cuidado, computando:
1 año de aportes por hija/o.
2 años de aportes por hija/o adoptado.
Y reconoce de forma adicional, 1 año por hija/o con discapacidad, y 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignacion Universal por hija/o, por al menos 12 meses.
También se reconocen, los plazos de Licencia por maternidad y de excedencia de maternidad, a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos, al momento del nacimiento de sus hijas/hijos.
¡CONSÚLTENOS! y evaluaremos su caso en particular!
NOTAS DE INTERES:
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